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Comisiones aprueban reforma en materia de plazos para responder exhortos

La reforma propuesta establece que las personas titulares de las dependencias deberán responder en un plazo máximo de 60 días naturales los exhortos o cualesquiera otras solicitudes o declaraciones aprobadas por el pleno o por la Comisión Permanente del Congreso capitalino.

La reforma propuesta establece que las personas titulares de las dependencias deberán responder en un plazo máximo de 60 días naturales los exhortos o cualesquiera otras solicitudes o declaraciones aprobadas por el pleno o por la Comisión Permanente del Congreso capitalino.

Las Comisiones Unidas de Administración Pública Local y de Normatividad, Estudios y Prácticas Parlamentarias del Congreso local aprobaron por unanimidad el dictamen a la iniciativa para reformar la fracción XVIII del artículo 20 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México, en materia de plazos para responder exhortos.

La reforma propuesta establece que las personas titulares de las dependencias deberán responder en un plazo máximo de 60 días naturales los exhortos o cualesquiera otras solicitudes o declaraciones aprobadas por el pleno o por la Comisión Permanente del Congreso capitalino.

En sesión extraordinaria virtual, se aprobó también el dictamen a la iniciativa para reformar los artículos transitorios décimo sexto y vigésimo sexto, y derogar el artículo transitorio décimo quinto de la citada ley, publicada en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el 3 de octubre de 2024.

“El Congreso de la Ciudad de México, deberá asignar las partidas presupuestales correspondientes para el ejercicio fiscal del año 2025 a las Secretarías de Atención y Participación Ciudadana, de Gestión Integral del Agua, de Vivienda y de Planeación, Ordenamiento Territorial y Coordinación Metropolitana, para el cumplimiento de las atribuciones conferidas en el presente Decreto”, establece la modificación aprobada al artículo vigésimo sexto.

La diputada Elizabeth Mateos Hernández (MORENA), presidenta de la Comisión de Administración Pública Local, explicó que las comisiones dictaminadoras “consideran que la reforma propuesta es legalmente procedente, necesaria para el buen funcionamiento de las instituciones y adecuada en términos técnicos”.

Precisó que esta modificación permite armonizar el orden jurídico de la Ciudad de México, al corregir una discrepancia normativa entre la Constitución local, la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública, la Ley Orgánica y el Reglamento del Congreso capitalino, ya que se identificó que existen diferencias en los tiempos que se establecen para responder a las propuestas con punto de acuerdo, “lo que provoca confusión legal, dificulta la coordinación entre los poderes públicos y deja dudas sobre la obligación de responder a los exhortos que emite este Congreso”.

Al respecto, la diputada Yuriri Ayala Zúñiga (MORENA), promovente de la iniciativa dijo que el objetivo es corregir una omisión en el marco normativo y avanzar en la congruencia legislativa, ya que al emitirse exhortos la Constitución local fija un plazo de 60 días para responder, mientras que la Ley Orgánica establece 30 días, lo que genera confusión y pone en entredicho los procedimientos.

Esta reforma, señaló, debe ser el primer paso para una labor más responsable y eficiente, “en que la temporalidad para atender un exhorto sea proporcional al tipo de requerimiento que este Congreso realice”.

En cuanto al segundo dictamen aprobado, la diputada Mateos Hernández indicó que la iniciativa con proyecto de decreto fue propuesta por el entonces jefe de Gobierno de la Ciudad de México, Martí Batres Guadarrama.

“En dicho dictamen, el artículo 16, fracción XIII bis, señala el nombre correcto de la Secretaría de Planeación, Ordenamiento Territorial y Coordinación Metropolitana, por ello, es necesario que los artículos transitorios décimo sexto y vigésimo sexto estén en completa concordancia con lo establecido en ese artículo”, argumentó.

Mientras que en lo referente a la derogación del artículo transitorio décimo quinto, comentó que “se estima pertinente aceptar esta propuesta, ya que en la reforma mencionada anteriormente no se hizo alusión al cambio de nombre de la Secretaría de Salud de la Ciudad de México”.

“En este sentido la derogación del artículo señalado no sólo resulta válida, sino también necesaria, para mantener la coherencia del marco normativo y evitar que puedan resultar contradictorias o inaplicables frente a lo ya aprobado por este Órgano Legislativo”, aseguró la legisladora Elizabeth Mateos.

En su intervención, la diputada Claudia Neli Morales Cervantes (PVEM) expresó que la aprobación de este dictamen es de vital importancia, pues de lo contrario, se estaría enviando un recurso material, financiero y humano a una secretaría inexistente.

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